Hipoteca que admite la devolución de la vivienda
Increíble pero cierto, por fin la banca comienza a reaccionar antes las voces que piden cambios importantes en el mercado hipotecario. En este caso, la entidad que rompe una lanza a favor de los clientes es Bankinter a través del lanzamiento de la primera hipoteca que acepta la devolución de la vivienda como cancelación del contrato. En lugar de responder con todo el patrimonio en caso de impago de la hipoteca, los titulares de este nuevo producto entregarían exclusivamente la vivienda hipotecada.
Este es un gran paso ya que se rompe con la tendencia del mercado español que obliga a los titulares de un préstamo con garantía hipotecaria a responder con todos sus bienes y derechos por la deuda garantizada con una hipoteca.
El nombre de la nueva hipoteca será “Hipoteca sin más”, estará destinada exclusivamente a la compra de vivienda habitual y con su importe se podrá financiar hasta un 80% del valor de la vivienda. A ella podrá optar cualquier persona física con residencia en España. Los requisitos que exige Bakinter para poder contratar este servicio, son los mismos que se piden para cualquier otra hipoteca, con la diferencia que se intentan “personalizar” teniendo en cuenta la situación de cada cliente, además del estudio típico que realiza toda entidad, acerca de la persona y el riesgo de contratar este producto. Las condiciones económicas son similares a las de otros productos hipotecarios.
En resumen, las características de la Hipoteca sin más” de Bankinter son:
- Las condiciones del producto: que sea para nuevas hipotecas de personas físicas residentes en España.
- Se abonará hasta el 80% del valor de tasación de la vivienda habitual.
- Tipo de interés el primer año es de un 4% fijo y el resto varará en función del Euríbor y el precio acordado para cada cliente (en función de su perfil y los demás productos contratados como lo seguros o cuenta nómina Bankinter).
- Comisiones de apertura del 0,5%.
- El plazo máximo de 40 años solamente está disponible para personas de hasta 35 años de edad en el momento de contratar la hipoteca. En caso contrario, el plazo máximo es de 35 años.
- La amortización se realiza a través de cuotas mensuales constantes que comprenden parte de devolución de capital y parte de intereses. Estas cuotas pueden ser mensuales, bimensuales, cuatrimestrales o semestrales.
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